Ordenanza de Aseo aprobada penaliza a los ciudadanos tanto como a empresas

1 febrero 2024 | Regionales, Sociedad

 

Si hay un suceso que ha generado un gran escisión y un profundo daño en Guayana en los últimos tiempos ha sido la llegada de la empresa Fospuca para asumir el proceso de recolección y disposición de los desechos, que ha  contribuido al cierre de muchas empresas y mantiene en vilo al  resto, pues realmente hay muchos que simplemente no pueden acercarse a los elevados montos que cobran; y que este año se va a agravar, pues buena parte  de las muchas medidas punitivas del instrumento municipal aprobado en Cámara, están destinadas a los usuarios  con el único fin de cosechar mayores ingresos.

La denuncia en concreto  la formuló  este jueves primero de febrero la Asamblea de Ciudadanos, encabezada por  el Ing.  Simón Yegres  como su vocal, quién comenzó enfatizando la gravedad de las acciones contra la gente de la ordenanza que además violenta lo establecido en la Ley de Armonización tributaria y convierte a la empresa recolectora de desechos en una suerte de organismo paramunicipal que tiene la potestad hasta de sancionar a las personas.

Asamblea de Ciudadanos lanza alerta sobre ordenanza punitiva

En su disertación  Yegres comenzó por señalar dos elementos de los muchos que han estado atravesando en la serie diaria e interminable de ilegalidades y abusos con la implementación del servicio de Aseo Público, se trata de una alarma para todos los residentes del municipio, no sólo comerciantes y empresarios, sino también para los residentes o ciudadanos.   El primero de estos elementos es el carácter sancionatorio, represivo y expoliador de la ordenanza aprobada en la  cámara municipal de Caroní.   

El otro punto-según enfatizó-, es que todo cobro efectuado en el mes de enero es completamente ilegal y están violando  la Ley, es un cobro indebido, al margen de la ley  esta ordenanza recién aprobada pues legalmente no hay tarifa vigente aunque se empeñen en decir que sí y para esto comparó los artículos 94 y 95 de la ordenanza, pues en el primero se deroga la reforma parcial en vigencia de 2022 donde establecen las tarifas que han venido aplicando, pero en el segundo se establece que hasta que no entre en vigencia un nuevo decreto de tarifas, se mantendrán las contenidas en la ordenanza modificada anterior, o sea se elimina pero sigue valida. 

39 artículos con sanciones y 24 de ellas se aplican a los residentes no comerciales

Simón Yegres destaca que la ordenanza en cuestión colide con la Ley de armonización Tributaria, el instrumento tiene 100 artículos, 39 de ellos son de sanciones, de esos 33 son multas de todo tipo, y de esas 33 hay un total de 24 que se aplican a os residentes no comerciales; es tal la cantidad y variedad de multas que – según la denuncia-, desborda la capacidad de cobranza municipal o de la concesionaria,  pues se requeriría de una organización que simplemente no tienen.

Por ejemplo a los residentes, al igual que los comerciantes se les puede cobrar por cualquier mecanismo,  la empresa puede amonestarle por escrito en su propia casa, (ordinal 1 artículo 82), le puede ordenar limpiar o reparar lo que ella crea a su discrecionalidad y por su apreciación sin pasar por cámara municipal o instrumento de consulta (ordinal 2 mismo artículo), tiene una atribución plena concedida por los concejales.  Puede aplicar medidas de cierre (ordinales 3 y 4).

Le pueden aplicar multas de hasta 50 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicada por el Banco central de Venezuela (Artículo 83), que es la libra esterlina y puede llegar hasta 50 veces ese tipo, o sea 50 libras, que equivalen a unos 63,75 Dólares norteamericanos, simplemente por no registrarse con la empresa,  no colaborar en la limpieza de la acera, dispersar desechos, no  desmalezar y otros más de la lista de numerales del articulito consabido.  Pero pueden ser 100 o 300 unidades dependiendo del criterio del prestador de servicio.

Otra de las sanciones punitivas que destacó el denunciantes es que si se interpone un recurso administrativo, está obligado de todas formas a pagar mientras se considera su recurso, so pena de una nueva sanción (Artículo 81), lo que es  un acto leonino, destinado a enriquecer a la empresa que puede cobrar directamente, pues la gente no se entenderá con la alcaldía, asumiendo una suerte de característica de ente municipal sin serlo realmente.

En la ordenanza, donde nunca se ha aplicado una gestión educativa o formativa para la clasificación de la basura, establece que si usted no separa sólidos, orgánicos, metales o plásticos, le puede sancionar o multar.   Trasladar materiales de construcción o desechos debe contar con un permiso de la concesionaria antes o después  del inicio de la obra.

Tomarán acciones legales y consideran que no se debe pagar el servicio

En virtud de esa situación violatoria, los miembros de la Asamblea de Ciudadanos y todos los que quieran sumarse,  acudirán a la Defensoría del Pueblo y al Consejo Superior de Armonización Tributaria para informar sobre esta grave e irregular  acción  de Fospuca en  Caroní, comenzando por que no cobra por volumen o masa como lo establece la norma, sino por metro cuadrado, como les dá la gana a ellos.    Igual ocurrió con la tasa que señala la Ley y ellos definen como tarifa, por lo que solicitarán la nulidad formal de la ordenanza ante el TSJ, sumando la larga lista de violaciones que incluye.

Eso, según la Asamblea de Ciudadanos, significa que mientras  se esté litigando por las medidas aplicadas, simplemente no se puede cobrar nada del servicio, pues si lo hacen el mecanismo establece que se podrá concurrir a la Sala Constitucional del TSJ  que deberá además oficiar en un tiempo breve, que le permitirá todos solicitar una medida cautelar para impedir cualquier cobro.

La situación sigue simplemente avanzando para peor.   Sin duda que todos en Caroní quieren vivir en una ciudad limpia, y todos están dispuestos a pagar el servicio de recolección de los desechos, pero eso debe ser como su nombre lo indica y lo fija la propia ordenanza, un servicio público, no un acto que significa la erogación de una enorme cantidad de dólares que ni los empresarios o comerciantes y mucho menos los habitantes de la ciudad, pueden costear.   Y vale una pregunta, ¿Será que la gente de Fospuca no sabe que el salario mínimo apenas es algo mayor a 3 dólares?   Cosa que al parecer tampoco tiene muy clara el alcalde Tito López.   (Gustavo Montaña)

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