Mariño exonera parcialmente el pago tributario a la rama hotelera

15 mayo 2021 | Regionales

En Margarita la crisis generada por la pandemia, afectó la estabilidad económica de este sector Hotelero.

El concejo municipal de Mariño aprobó en segunda discusión la exoneración parcial tributaria a la Cámara Hotelera, dando así cumpliendo a la solicitud del ciudadano alcalde Francisco González, de fecha 19 de marzo de este año.

La presidenta de la Cámara Guillermina Carreño, y demás concejales llevaron a cabo la octava sesión ordinaria donde se realizó la presentación del informe de la Comisión Permanente de Economía y Criptoactivos, presidida por el concejal Porfirio Escalona.

Carreño detalló que la crisis generada por la pandemia, afectó la estabilidad económica de este sector y debilitó su proceso socio productivo en detrimento directo del desarrollo económico y social del municipio por el estado de vulnerabilidad económica para afrontar tasas e impuestos, como consecuencia de la casi ausencia o falta de ocupación hotelera.

Asimismo aseguró que además la aprobación en segunda discusión, obedece a lo establecido en el artículo 168 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y en literal del artículo 21 de la Ordenanza de Impuesto a Inmuebles Urbanos del Municipio, respecto a exonerar del pago del impuesto a la propiedad inmobiliaria, identificando a las empresas, establecimientos y firmas del ramo en la categoría hoteles, pensiones y afines y como resultado de la armonización tributaria.

Carreño refirió que la decisión coadyuva a la recuperación económica del indicado sector y asegura el cobro de tributos impagados al municipio, por las causas antes mencionadas. Dicho beneficio impositivo será aplicado desde el 1° de abril hasta el 31 de julio de 2021; al impuesto a la propiedad inmobiliaria de todo el año 2021, calculado con base al valor del Petro fluctuante al cierre del 31 de marzo del año en curso, cuya cuantía será la correspondiente al criptoactivo de un 1 Petro, tal cual ha sido solicitado, puesto que dichos contribuyentes deberán solventar previamente sus deudas con el ente municipal a través del órgano recaudador, ya que de lo contrario no procederá el beneficio solicitado.

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