El presidente Nicolás Maduro ha hecho uso de 1,56 billones de bolívares a través de créditos adicionales solicitados a la Tesorería de la nación, sin la aprobación de la Asamblea Nacional. El monto equivale a 97% del Presupuesto de 2016, denunció ayer el presidente de la Comisión de Finanzas, Alfonso Marquina.
“El propio presidente de la República se ha convertido en el responsable de la inflación que sufren todos los venezolanos porque ha ordenado la impresión de billetes sin respaldo, para utilizarlos como créditos adicionales y eso es o lo que ha disparado los precios. Es su responsabilidad que la inflación vaya a cerrar este año por encima de 700%”, aseguró.
Marquina señaló que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia le confirió al presidente “una licencia para delinquir” a través del Decreto de Emergencia Económica. “Que quede claro, el que viola la Constitución está cometiendo un delito. Ese decreto nunca fue aprobado por la Asamblea Nacional y, por tanto, es inexistente y sus actos son nulos”.
Enfatizó que “la pretensión de querer aprobar el Presupuesto 2017 mediante ese Decreto de Emergencia es ilegal, pues significa otra violación de la carta magna. “El Presupuesto y la Ley de Endeudamiento son dos leyes de reserva exclusiva de la Asamblea y solo se puede delegar a través de una Ley Habilitante, y el Decreto de Emergencia no es Habilitante”.
El diputado afirmó que el presidente Maduro está usurpando funciones que le pertenecen al Parlamento por mandato expreso de la Constitución y “toda autoridad usurpada y sus actos derivados son nulos. Por tanto, esa pretensión de querer manejar las finanzas públicas como una pulpería es un delito”.
La única manera de que el presidente pueda enmendar su falta, luego de haber incumplido los lapsos de entregar los recaudos correspondientes ante el Poder Legislativo para la aprobación del Presupuesto 2017, es por la vía de la reconducción presupuestaria, dijo. “Esta vía no lo libera del control parlamentario, pero con la reconducción tendría los tres primeros meses de 2017 para presentar las modificaciones de los llamados gastos no recurrentes”.
EL DATO
La Constitución delega en la Asamblea Nacional la “discusión y aprobación del presupuesto” y estipula que el Ejecutivo debe presentarlo máximo cada 15 de octubre (artículos 187 y 312). El Congreso de la Patria es una instancia creada en 2015, que no puede usurpar las funciones estipuladas en la carta magna para el Parlamento.