Asamblea de Ciudadanos Alerta sobre Decisión Crucial del TSJ en caso Fospuca

22 octubre 2025 | Regionales, Sociedad

Simón Yegres, Vocero de la Asamblea de Ciudadanos de Caroní para la gestión de la ciudad urbana, lanza una alerta a la población de Guayana ante una inminente decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que será crucial para la gestión del servicio público en el municipio.

La Asamblea de Ciudadanos de Caroní (ACC) está a la expectativa de la sentencia que dictará el TSJ en el caso de la demanda de nulidad interpuesta contra varios artículos de la Ordenanza de Aseo Urbano y Domiciliario de Caroní. Yegres enfatizó que la próxima decisión por la vía de «mero derecho» del máximo tribunal será determinante para la ciudad.

«Queremos que la población esté alerta ante esa próxima decisión por la vía de mero derecho que saldrá del Tribunal Supremo de Justicia en esta lucha que llevamos con relación al servicio público de la ciudad urbana», declaró Yegres. «Si se aplica el derecho y la racionalidad en la próxima decisión, podemos decir que habrá justicia aquí en Caroní».

El Proceso Judicial: De Mero Derecho y Confrontación de Normas

El vocero recordó que la demanda de nulidad fue introducida el 11 de marzo del 2024, y no fue sino hasta el 7 de agosto que salió la sentencia que declaró la causa como de mero derecho.

Yegres explicó que la declaratoria de «mero derecho» acorta el proceso al suprimir la fase probatoria y de audiencias, yendo directamente a sentencia. Si bien esto no complace a la Asamblea por el tiempo transcurrido y la discusión planteada, significa que el asunto se limita a una confrontación de normas.

«La controversia se encuentra limitada en la confrontación de normas a fin de determinar si la Cámara Municipal reformó la ordenanza ajustándose a lo establecido en la Ley Orgánica de  Armonización Tributaria de los Estados y Municipios», citó Yegres de la sentencia del TSJ.

Para la ACC, el hecho de ser declarado de «mero derecho» favorece su posición, ya que significa que primará el peso y argumento de las leyes, basados en la jerarquía legal. Las leyes con las que se confronta la ordenanza municipal, como la Constitución Nacional y la ley orgánica, tienen un peso mayor.

Cinco Puntos Clave: Las Presuntas Violaciones de la Ordenanza

Simón Yegres detalló los cinco elementos principales de la ordenanza municipal que, a juicio de la ACC, están reñidos con la Constitución Nacional y otras leyes:

Tasa vs. Tarifa: La ordenanza habla de «tasa y tarifa», mientras que las leyes nacionales solo admiten «tasa» y prohíben «tarifa» o «precios públicos» para este servicio.

Base de Cálculo: La ordenanza fija el cobro del servicio por «área» (metros cuadrados), en tanto que las leyes establecen que debe ser por masa o volumen (kilogramos o litros).

Moneda de Pago: Un artículo de la ordenanza permite cobrar y pagar en cualquier moneda de circulación, pero las leyes que presuntamente viola dicen que solo se cobrará en bolívares y prohíben taxativamente a las autoridades municipales cobrar en otra moneda.

Competencia para Fijar Tarifas: La ordenanza delega en el alcalde la competencia para fijar el sistema tarifario. Las leyes, sin embargo, indican que la fijación de tasas y tributos es una función indelegable del Concejo Municipal, como parte del Poder Legislativo.

Hecho Imponible en la Ordenanza: Para que se pueda cobrar una tasa, el monto, la cuantía, la alícuota, la base de cálculo y los sujetos pasivos deben estar establecidos en la ordenanza (que es la ley municipal). Yegres afirma que estos elementos no aparecen en la ordenanza de Caroní y realmente la revisión de la ordenanza incompleta que se entregó no permite verificar ninguno de esos indicadores fundamentales en un  instrumento de ese tipo.

Implicaciones de un Fallo Favorable y Perspectiva de Lucha

De fallar el TSJ a favor de la Asamblea de Ciudadanos, confirmando que lo aplicable es «tasa» y no «tarifa», que el alcalde no tenía competencia para establecer el sistema tarifario, que la base de cálculo no es el «área» y que solo se puede cobrar en bolívares, significaría que todo lo actuado hasta ahora estaría al margen de la legalidad.

«Habría un vacío de sistema tarifario legal y lo que habrían cobrado o multado… todo lo que han aplicado hasta ahora se vendría, efectivamente, tendría que reformar la ordenanza», advirtió Yegres. Una decisión favorable podría derivar en que las autoridades tengan que reintegrar a los ciudadanos todo lo que han cobrado indebidamente y ratificaría la solicitud de sanciones penales para quienes ocasionaron esta situación.

El vocero concluyó señalando que el fallo «tiene que ser en contra de lo que ha sucedido» si se apega a las leyes y la «mínima práctica de esencia jurídica». No obstante, la Asamblea de Ciudadanos de Caroní mantiene una «constancia irreductible en esta lucha».

«Nuestra disposición será mantenernos… ninguna decisión por insólita que pueda parecer nos disminuirá el ánimo. Buscaremos otro paso, hay todavía quedan caminos que recorrer», afirmó Simón Yegres, mencionando incluso la posibilidad de un referéndum abrogatorio para someter la ordenanza a consulta popular, si fuese necesario.  Finalmente el ingeniero dejó una interrogante en el aire ¿Esos mismos magistrados que aprobaron la Ley Orgánica  Armonización Tributaria de los Estados y Municipios; serán capaces de emitir un veredicto que ratifique el derecho que asiste a los ciudadanos por encima de una ordenanza que ha violentado las leyes vigentes y ha afectado a centenares de comercios en Caroní?  (Redacción)

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