Como tantos otros artificios del Socialismo del siglo XXI, la Asamblea Nacional Constituyente ANC es un organismo sui generis. Fue convocada por el Ejecutivo Nacional en 2017, sin beneficio de un referéndum consultivo a la población, usual en estos casos, debido al escaso apoyo popular a la iniciativa.
Adicionalmente, la escogencia de sus integrantes por un método netamente corporativista ostenta la distinción de la menor concurrencia electoral en la historia de Venezuela, si acaso unos dos millones de electores. En su momento, el Consejo Nacional Electoral habló de “8 millones de votos”, obviando solapadamente el hecho de que cada votante lo hacía por tres o cuatro alternativas.
El propósito ostensible de la Asamblea Nacional Constituyente, según sus promotores, era la redacción del articulado de una nueva Constitución para extirpar de raíz resabios capitalistas y liberales que aún quedaban en la Constitución de 1999. Luego de dos años de haber sido instalada, que se sepa, dicho grupo no ha redactado ni un primer párrafo del preámbulo de una nueva Carta Magna. Y, si lo ha hecho, es un secreto bien guardado, entre la cúpula de sus 550 miembros.
Lo que sí ha hecho dicha Asamblea, es auto prorrogarse ad infinitum, atribuyéndose un poder supra constitucional, para allanar inmunidades parlamentarias, acusar a opositores al voleo, y redactar una que otra disposición cuya legalidad, ante el país y el mundo, son altamente cuestionables. La última de estas boutade es una LEY CONSTITUCIONAL QUE CREA EL IMPUESTO A LOS GRANDES PATRIMONIOS promulgada esta semana.
Las leyes impositivas para gravar patrimonios son de las más controversiales y menos productivas que existen en el mundo fiscal. No es porque los ciudadanos y los gobiernos, sobre todo los más populistas, voraces y demagogos, no tengan el deseo de que quienes acumulan mucho patrimonio sean los que más paguen, sino por un fenómeno practico, que no hay que haber aprobado sexto grado para darse cuenta de él: Y se trata de que cuando se pechan los patrimonios, ¡oh, sorpresa! Quienes los poseen, los mueven a otras jurisdicciones fiscales y, también -quizás sorprendentemente para la Asamblea- quienes estaban pensando en invertir, redireccionan sus inversiones a otros destinos.
Para un país postrado y al borde del colapso, que requiere urgentemente inyecciones masivas de capital privado nacional y extranjero para recuperarse, lo último que hay que hacer es establecer semejante desincentivo a que los capitales fluyan hacia acá. Tal vez no podrían esperarse otras cosas de los venerables constituyentes integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente. Pero lo que además llama poderosamente la atención, es la cuantificación que los mismos hacen de lo que constituye “Grandes Patrimonios”.
En el Articulo 1 del Decreto, se estipula que todo lo que exceda 36 millones de unidades tributarias ($ 260.000, al cambio vigente) para personas naturales y 100 millones de UT ($ 715.000) para las personas jurídicas. En un mundo donde los fiscos más voraces del mundo como el español y el francés le ponen la mira al patrimonio de los deportistas y emprendedores exitosos con ingresos de millones de dólares o euros al año y patrimonios cien millonarios, calificar como grandes capitales a quienes excedan cifras tan ínfimas, es más que irrisorio.
Nadie duda que el Fisco tiene la obligación de arbitrar recursos para su funcionamiento, pero lo aprobado va en sentido contrario de ese objetivo. El déficit fiscal del Gobierno es un 20% del Producto Interno Bruto. De ese gigantesco hueco, las dos terceras partes surgen de subsidiar empresas perdidosas administradas por el Estado. Mantener vivas a esas empresas en su actual estado de ineficiencia, es la principal causa de la emisión inorgánica de dinero que nos trajo la hiperinflación.
Desestatizar esas empresas promoviendo la inversión privada en las mismas, sí sería una estrategia fiscal sensata. Pero, por lo visto, cuando se habla de esa sensatez, se trata de algo que, al parecer, está bien alejada de la visión equivocada que también tiene la Asamblea Nacional Constituyente de cómo debe conducirse el país.






